Nuevas ayudas para autónomos Comunidad Valenciana 2021

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El último año ha sido complicado para los autónomos debido a que la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia de la Covid-19 afectó negativamente a su actividad económica. Para intentar paliar esta situación, el Gobierno de España ha aprobado un nuevo paquete de ayudas para autónomos que las Comunidades Autónomas tendrán que gestionar. En este artículo te contamos cómo solicitar las nuevas ayudas para autónomos en la Comunidad Valenciana.

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¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Para poder solicitar estas ayudas se deben cumplir obligatoriamente los siguientes requisitos:

  • Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Valenciana.
  • Realizar alguna de las 181 actividades incluidas en la lista CNAE del Decreto 61/21 de la Generalitat Valenciana.
  • Estar sujeto al régimen de estimación objetiva en el IRPF o, en caso de no estar sujeto a dicho régimen, haber experimentado una pérdida del 30% del volumen de facturación en 2020 respecto a 2019 con un volumen de deudas pendientes subvencionables de, al menos, 4.000 euros.

Además, quien desee recibir estas ayudas deberá adquirir los siguientes compromisos:

  • No repartir los dividendos durante 2021 y 2022.
  • Continuar con la actividad del negocio por la que se solicitan las ayudas hasta el 30 de junio de 2022.

¿Qué gastos son subvencionables?

Gastos destinados a cubrir deudas y pagos con proveedores, así como costes fijos que hayan tenido lugar entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y que hayan sido ocasionados por contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

El dinero percibido se empleará para pagar a los proveedores por orden de antigüedad, es decir, según la fecha de emisión de las facturas, y también, de ser el caso, se utilizará para reducir el nominal de la deuda bancaria priorizando la deuda con aval público

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La cuantía de las ayudas depende de la situación de cada autónomo:

  • La ayuda será de máximo 3.000 euros para aquellos autónomos que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.
  • La ayuda será de máximo el 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto al 2019 que supere el 30% de pérdidas establecido para aquellos que apliquen el régimen de estimación directa del IRPF y que cuenten con menos de 10 empleados. En este caso, la ayuda máxima será de 30.000 euros.
  • La ayuda será del 20% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto al 2019 que supere el 30% de pérdidas establecido para aquellos que cuenten con más de 10 empleados.

SituaciónAyuda
Aplicación del régimen de estimación objetiva en el IRPF3.000 euros
Aplicación del régimen de estimación directa en el IRPF con menos de 10 empleadossMáximo de 30.000 euros
Aplicación del régimen de estimación directa en el IRPF con más de 10 empleadosMáximo de 200.000 euros

¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?

El plazo para presentar las solicitudes depende de las condiciones en las que se encuentre el autónomo:

  • Para aquellos que apliquen el régimen de estimación objetiva, el plazo será desde el 31 de mayo al 4 de junio de 2021.
  • Para el resto de solicitantes, el plazo se iniciará el 7 de junio y finalizará el 11 de junio de 2021.

¿Cómo solicitar la ayuda?

Las solicitudes se realizarán a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana a través del procedimiento “Solicitud de subvenciones extraordinarias para el apoyo a la solvencia empresarial, en la Comunitat Valenciana, en respuesta a la pandemia de la Covid-19. Plan resistir plus”. A continuación, ha de tramitarse la solicitud en el procedimiento “Presentación de solicitudes para el programa Plan resistir plus”, que deberá ir acompañada de la firma electrónica.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí, siempre y cuando la suma total de la cuantía percibida por todas las ayudas no sea superior al 100% del importe de los gastos subvencionables durante el mismo periodo.

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