Guía de retención de los trabajadores autónomos

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El pago de impuestos cuando eres autónomo puede ser tedioso. Porque muchas veces Hacienda no sabe lo que has ingresado a lo largo del año. Lo que implica la realización de cuantiosos trámites burocráticos.  

Además, existen muchas formas de declarar tus ingresos a la Agencia Tributaria. Todo ello variará en función de la actividad a la que te dediques y también tu nivel de ingresos.  

Por eso, en Previsión Mallorquina te dejamos esta guía para que no te pierdas entre la multitud de formas de aplicar las retenciones fiscales a tus ingresos. 

Cómo tributa un autónomo en el IRPF? 

Bien, en primer lugar, deberás saber que existen diferentes modos de tributar a Hacienda en función de tu actividad profesional y nivel de ingresos. Así, puedes elegir entre diferentes tipos de estimaciones de tus ingresos 

Estimación directa simplificada 

Es la que utilizan los autónomos que facturan menos de 600.000 euros en el año anterior. Para calcular las retenciones que debes aplicar, tienes que restar a los ingresos los gastos deducibles y amortizaciones durante el año fiscal. A partir de ahí, se te aplicarán los porcentajes de IRPF correspondientes (te dejamos la tabla de retenciones en este artículo).  

Para acogerse a esta modalidad de tributación es necesario poseer un libro de ventas, un libro de gastos, un libro de registro de bienes de inversión, donde se incluirán los bienes patrimoniales de la empresa y un libro de registro de provisiones.  

Estimación directa normal

La estimación directa normal se utiliza para los autónomos que hayan facturado más de 600.000 euros en el año fiscal anterior. A diferencia de la estimación directa simplificada, en este caso estaremos obligados a llevar la contabilidad de la empresa. Siempre ajustada a las directrices del Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad.  

En ambos tipos de sistemas tendrás que presentar el Modelo 130 trimestral En este documento declararás los gastos e ingresos de cada trimestre e ingresarás las retenciones fiscales correspondientes. Al final del año tendrás que hacer la declaración de la renta y ajustar las cantidades con la Agencia Tributaria que te saldrán a pagar o a devolver. 

Estimación objetiva o por módulos 

Podrás acogerte a este sistema siempre y cuando tus rendimientos del año anterior no superen los 250.000 euros y los 75.000 euros en las operaciones en las que estés obligado a pedir factura. Además, solo podrán acogerse a esta modalidad ciertas actividades recogidas en la ley que regula este sistema. 

Por lo demás, la diferencia de este sistema con los otros citados anteriormente es que los impuestos a pagar no se calculan en función de la situación de facturación de tu negocio. Los rendimientos se calculan en base a unos módulos (Vehículo, número de mesas, etc.) y se deben multiplicar por el importe estimado para cada uno de ellos. A partir de ahí se aplican diferentes deducciones y minoraciones. 

Para aplicar retenciones en este modelo, se deberá presentar el Modelo 131 de forma trimestral. Lo podrás hacer a través de internet. Te explicamos como cubrirlo aquí  

Retención del IRPF en las facturas

Además de presentar las retenciones de forma trimestral a través del modelo 130 o modelo 131, los autónomos también aplican retenciones en sus facturas. Así, los autónomos que ofrecen servicios o productos a otras empresas o profesionales están obligados a retener el IRPF en sus facturas, de lo contrario podrían asumir una multa fija de 150 euros.  

El tipo general aplicado en las facturas por los autónomos a otros profesionales es del 15%. La empresa receptora remitirá dicha cantidad a la Hacienda. Pero existe un tipo reducido que se puede aplicar bajo determinadas circunstancias. 

¿Cuándo se aplica el 7% de retención?

Existen casos en que los autónomos pueden aplicar un tipo del 7% en sus facturas a otros autónomos o profesionales. Para acogerse a esta medida es necesario estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por primera vez. La fecha del alta no puede ser anterior a los dos años previos a la fecha en que se quiera aplicar la reducción. 

También se debe comunicar a los clientes que se está aplicando el tipo reducido del 7%. Este se podrá aplicar durante un máximo de tres años desde el inicio de la actividad. A partir de ese momento, las facturas pasarán a estar gravadas con el 15% tradicional. 

Aunque pueda parecer lo contrario, esta medida no tiene por qué suponer un aligeramiento de la carga fiscal. Recuerda que al final del año tendrás que presentar igualmente la declaración de la renta y la cantidad que te hayas ahorrado con la reducción estará sujeta al pago del IRPF. En este sentido, la reducción del 7% está pensada para dotar de liquidez a los negocios en sus primeros años de vida. Por lo que, si esperas tener un gran volumen de ventas, es muy posible que al final del año tengas que pagar un buen pellizco a Hacienda por los ingresos extra que obtienes al aplicar el 7% y no el 15% en tus facturas.  

Conclusión

Cómo ves, los autónomos están sujetos a todo un sistema de retenciones fiscales que deben cumplir escrupulosamente. Por eso es necesario, conocer todas las retenciones que se deben aplicar a la cuenta de resultados de nuestra actividad. 

Recuerda que al darte de alta como autónomo puedes elegir entre diferentes modos de estimación para calcular el coste de las retenciones. Si eliges la estimación directa, tendrás que tributar en función del rendimiento de tu actividad y deberás presentar el modelo 130 de forma trimestral. En ese documento deberás consignar tus ingresos, gastos deducibles y amortizaciones y pagar la cantidad correspondiente de IRPF.  

Si eliges tributar por módulos, tendrás que multiplicar los módulos con los que cuentes por una cantidad fijada por Hacienda. El resultado será el rendimiento neto sobre el que debes aplicar el porcentaje correspondiente.  

Recuerda que para acogerte a este sistema no puedes facturar más de 250.000 euros en el año fiscal anterior y además tu actividad debe estar recogida entre el elenco de profesiones que estipula la ley. 

Por otro lado, los rendimientos estarán sujetos a diferentes porcentajes de retención según su cuantía. Actualmente el rango va desde el 19% al 47%. En este artículo te dejamos la tabla con las retenciones a las que tienes que hacer frente. 

Los autónomos que ofrecen sus servicios a otros profesionales también deben recoger el IRPF en sus facturas. En este caso, se debe aplicar un 15% en cada factura. Los autónomos que se hayan dado de alta por primera vez en RETA pueden repercutir un tipo del 7% en sus facturas durante los tres primeros años de vida del negocio. Para ello, la fecha de alta no debe ser anterior a dos años desde la emisión de las facturas. 

Además de todo esto, al final del año tendremos que presentar nuestra declaración en donde se computarán todos los ingresos obtenidos durante el año en curso. Tanto los obtenidos de nuestro trabajo como autónomos como otras fuentes de ingresos. 

En este sentido, debes saber que los seguros médicos y otros sistemas de previsión desgravan en tu declaración de la renta. Por eso siempre es buena idea contar con los seguros de Previsión Mallorquina. Te ofrecemos toda la seguridad y asistencia para que tu actividad no se vea afectada por problemas de salud.