La vida del emprendedor tiene sus momentos bonitos y otros que no lo son tanto. Por una parte, iniciarás tu propio negocio, un proyecto desde cero en el que pondrás todas tus esperanzas. Por otro lado, serás tu propio gestor y deberás encargarte de cualquier trámite relacionado con la contabilidad, fiscalidad, etc. Ahí es cuando pueden asaltarte alguna duda como, ¿qué impuestos paga un autónomo?
Si quieres información sobre los impuestos que debes pagar como autónomo no te pierdas el siguiente post, en Previsión Mallorquina te contamos todo lo relacionado con las diferentes tributaciones de los principales impuestos.

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¿Qué impuestos debo pagar si soy autónomo?
Sabemos que el tema de presentación de escritos, plazos o pagos en la Agencia Tributaria puede llegar a ser algo confuso, por ello nuestro objetivo es contarte con detalle todo sobre los impuestos por los que debes tributar. Como autónomo existen dos tipos de impuestos y sus respectivas declaraciones que debes presentar de forma periódica:

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IVA – Impuesto sobre el Valor Añadido
El impuesto sobre el Valor Añadido se encarga de grabar el consumo de las personas, por lo que es un impuesto que recae sobre el consumidor final. Como autónomo representas el intermediario entre la Agencia Tributaria y el consumidor final. Consiste en un impuesto que debe presentarse de forma trimestral.
Plazos para la presentación del IVA
Es importante que lleves al día todo lo relacionado sobre la presentación y el pago de los impuestos correspondientes a los autónomos, por eso te damos las fechas más importantes:
- Las declaraciones trimestrales se presentan entre el día 1 y 20 de los meses de abril, julio y octubre. Eso sí, debes tener en cuenta que si presentas la declaración del IVA por internet el plazo finaliza el día 15.
- En el cuarto trimestre el plazo de modifica pudiendo presentar la declaración del IVA entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente. En este momento debes presentar la declaración del último trimestre junto con el resumen de la declaración anual en el modelo 390.

Si buscas más información sobre el IVA no te pierdas nuestro artículo sobre presentar el IVA trimestral de autónomos.
IRPF- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Por otro lado, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se encarga de grabar las rentas empresariales que recibes como autónomo.
El IRPF debe pagarse de forma trimestral y luego presentar de forma anual la declaración con el modelo 100 pudiendo salir a devolver o a pagar.
Plazo de las declaraciones del IRPF
Una de las cosas que debes tener en cuenta a la hora de tributar es cumplir los plazos de presentación y pago de las declaraciones correspondientes:
- El pago fraccionado durante los tres primeros trimestres entre el 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre y el cuarto trimestre entre el 1 y el 30 de enero. En el caso de que desees presentarla por internet el plazo finaliza 5 días antes.
- El modelo 100 de la declaración de la renta debe presentarse entre los meses de mayo y junio.

Para presentar la declaración del IRPF puedes elegir, en función de las características de tu negocio, entre las siguientes opciones:
Régimen de Estimación Directa Simplificada
Esta modalidad se aplica en determinadas actividades económicas en las que el neto de su cifra de negocios no supere los 600.000€ en el año anterior. En caso de no llegar a esta cifra deberás tributar por el Régimen de Estimación Directa Normal o en el caso de que a tu actividad no se le pueda aplicar el régimen simplificado podrás utilizar el Régimen de Estimación objetiva.
Régimen de Estimación Directa Normal
En esta modalidad deben tributar los autónomos cuya cifra de negocio supere los 600.000€ en el año anterior.
No te pierdas este artículo sobre cómo elegir entre módulos y estimación directa.
Régimen de Estimación Objetiva
También conocida con la Tributación por Módulos, el Régimen de estimación Objetiva tiene unas medidas preventivas para evitar el fraude fiscal bastante restrictivas.
Los requisitos para que los autónomos puedan tributar mediante módulos se han endurecido con el paso del tiempo.
- El volumen de ingresos del año 2017 no debe superar los 250.000€
- No puedes tributar mediante módulos si has emitido facturas a clientes que sea empresas y profesionales que en el año anterior han tenido rendimientos superiores a 125.000€
- El volumen de compras, sin incluir inversiones no debe superar los 250.000€.
- No haber renunciado ni haber sido excluido del régimen simplificado del IVA.
- No puedes realizar otras actividades económicas que tributen mediante el régimen de estimación directa.
- La actividad empresarial que desempeñes debe estar incluida en la Orden Ministerial encargada de regular este tipo de régimen tributario.

No te pierdas nuestro artículo sobre la Declaración de la Renta de Autónomos.
Otras declaraciones que debo presentar
Declaración de operaciones con terceras personas
Este tipo de declaración es de carácter informativo, es necesario presentarla si durante el año anterior has tenido algún cliente o proveedor con los que hayas tenido operaciones superiores a los 3.0005,06€, contando con el importe de la totalidad de las facturas de ese año.
La parte buena de esta declaración es que no tiene coste y puedes presentarla por Internet cubriendo el formulario del modelo 347 en el mes de febrero.

Declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta
En caso de tener empleados contratados en tu negocio, si subcontratas a otros profesionales que sean autónomos o incluso si tienes en alquiler un local en el que se le practique una retención, deberás de presentar este tipo de declaraciones.
Para ello deberás presentar de forma trimestral el modelo 111 o el modelo 115 pagando el importe de las retenciones de las nóminas y del alquiler en la Agencia Tributaria. El plazo de tiempo que tienes para pagar este tipo de declaración es el día 20 de los meses de enero, abril, julio y octubre.
En el equipo de Previsión Mallorquina nos gusta ver como el emprendimiento va cogiendo fuerza con el paso del tiempo y cada vez surgen nuevas oportunidades de negocio. Si están planteándote convertirte en autónomo y montar tu propio negocio te recomendamos que revises nuestros seguros para autónomos disponibles. Descubre las coberturas más completas en cualquiera de nuestros seguros:
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