Declaración anual de operaciones con terceras personas. Cómo presentar el Modelo 347

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La declaración anual de operaciones con terceras personas se encarga de grabar las actividades económicas realizadas con clientes y/o proveedores. Para presentar dicho documento, las operaciones deben de tener una cifra superior a 3.005,06€.  

En Previsión Mallorquina queremos facilitarte este tipo de trámites. Por ello te contamos todo lo que debes saber con relación al modelo 347, para presentar la declaración sin problemas. En nuestro blog para autónomos y profesionales encontrarás toda la información relacionada con los impuestos que debe presentar un autónomo. ¡No te lo pierdas y toma nota!  

¿Para qué sirve la declaración anual de operaciones con terceros?: Modelo 347

El modelo 347 es una declaración informativa que se presenta de forma anual por parte de los autónomos que hayan realizado operaciones con proveedores o clientes que en su conjunto superen los 3.005,06€.  

En este documento se recogen todas las operaciones realizadas con clientes y/o proveedores, siempre y cuando el montante super los 3.005,06€ anuales, contando con IVA.  

¿Cuándo se presenta el modelo 347? 

La declaración de operaciones con terceras personas se presente durante el mes de febrero de forma anual. Es decir, el plazo para la presentación del modelo 347 finaliza el último día del mes de febrero.  

Este documento se presenta en la Agencia Tributaria tanto por parte de clientes como proveedores. De esta forma Hacienda puede cruzar datos y comprobar que existe relación entre las operaciones declaradas. 

Un consejo:  

Es conveniente cruzar datos de forma previa con los proveedores y con los clientes principales, de esta forma no presentareis información diferente.  

¿Cómo hacer la declaración anual de operaciones con terceras personas? 

Una vez establecido el concepto y el plazo de entrega del modelo 347, vamos a indicarte unos cuantos factores que debes tener en cuenta a la hora de presentarlo en la Agencia Tributaria. ¡Toma nota! 

Qué tipo de operaciones se declaran en el modelo 347

Las operaciones cuyo valor debe superar la cifra de 3.005,06€ son:  

  • Operaciones inmobiliarias.  
  • Operaciones de entidades aseguradoras.  
  • Anticipos de clientes y proveedores.  
  • Entregas y adquisiciones de bienes y servicios.  
  • Arrendamientos no sujetos a retención.

Quién presenta las operaciones con terceros

Tienen la obligación de declarar las operaciones con terceros mediante el modelo 347 todas: 

  • Las personas físicas dadas de alta en el Régimen de Autónomos.  
  • Las personas jurídicas.  
  • Las personas públicas y privadas.

Aquellas que durante su actividad empresarial o profesional facturen operaciones por un importe superior a los 3.005,06 € anuales.  

Exenciones de la declaración anual de operaciones con terceras personas 

No están obligados a presentar el modelo 347 los sujetos pasivos inscritos en el REDEME, ya que estos están obligados a llevar sus libros el registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.  

También quedan excluidos los sujetos pasivos que utilicen el SII (Suministro Inmediato de Información).  

Aquellos que hayan realizado operaciones con terceros, pero la cifra de dichas operaciones no sume 3.005,06 € anuales.  

Quedan excluidos aquellos que no dispongan de domicilio fiscal o sede de la actividad económica realizada en España.  

Correlación de datos de Clientes y Proveedores en el modelo 347

Los datos incluidos en el modelo 347 deben quedar reflejados de forma correcta en el programa contable que utilices. Si existe algún error, la declaración no será válida.  

Qué criterio de imputación de datos sigue el modelo 347

La imputación de datos del modelo 347 es muy similar a la del modelo 340. Las facturas de entenderán producidas en la fecha de devengo, cuando se realice la anotación contable.  

  • Facturas recibidas – Estas facturas estará registradas en función del orden de recepción y en el período de liquidación en el que corresponda su deducción.  
  • Facturas expedidas – Estas facturas se registran en el momento de su liquidación y pago del impuesto que corresponda.  

No te olvides de actualizar el programa contable 

Si actualizas el programa contable utilizado, evitarás problemas de validación de datos sobre la declaración anual de operaciones con terceras personas por parte de Hacienda.  

¿Qué pasa si no presentas el modelo 347 de operaciones con terceros? 

Para aquellos que están obligados a presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas y no lo hacen, han de saber que la sanción va de un mínimo de 300€ hasta un máximo de 20.000€.  Recogido en los artículos 93 y 94 de la Ley General Tributaria.  

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En nuestro blog te contamos más información sobre los impuestos que presenta un autónomo.