9 desventajas de trabajar como falso autónomo

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Empecemos desde el principio… ¿qué es el falso autónomo? Se trata de una persona que trabaja en una empresa desarrollando las mismas funciones que un trabajador asalariado pero con la peculiaridad de que no tiene los mismos derechos ni amparos que el trabajador por cuenta ajena. Es decir, está dado de alta en el régimen de autónomos pese a tener una relación de dependencia con la empresa, sin poder trabajar para otros clientes y con horarios de entrada y salida y bajo las órdenes de un superior. En resumen, el falso autónomo es una persona que trabaja como un asalariado más pero “contratado” como un autónomo.

¿Cuáles son las desventajas de trabajar como falso autónomo?

Una vez definido qué es exactamente la figura del falso autónomo, pasamos a enumerar las 9 desventajas de trabajar como tal:

  1. La empresa que “contrata” al falso autónomo no cotizará por él, debe ser él mismo el que se dé de alta en la Seguridad Social y cotice en el régimen de trabajadores autónomos.
  2. El falso autónomo no tiene derecho a un salario, por lo que se lo tendrá que facturar a la empresa.
  3. Desarrolla las mismas tareas que un asalariado pero no disfruta de vacaciones retribuidas ni días de asuntos propios.
  4. Tampoco disfruta de los permisos que tienen los asalariados, como pueden ser los permisos de lactancias o las reducciones de jornada.
  5. Pese a estar trabajando para la empresa, el falso autónomo no forma parte de la plantilla de ésta.
  6. Los falsos autónomos pueden ser despedidos sin motivo aparente, y no recibir finiquito. Además, tampoco podrán solicitar indemnizaciones y pueden no recibir el plazo de preaviso.
  7. El falso autónomo no tiene derecho al paro, salvo que sea él mismo el que haya estado cotizado por cese de actividad.
  8. Debe pagar IVA por las facturas y hacer las declaraciones trimestrales necesarias.
  9. En comparación con el trabajador por cuenta ajena, el falso autónomo cobrará menos por incapacidad temporal. Teniendo en cuenta que la , en caso de baja se cobra el 60% o el 75% de la base, mientras que el trabajador asalariado puede llegar a cobrar el 100%.

Por último, es especialmente importante no confundir la figura del falso autónomo con la del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE), puesto que mientras este último es completamente legal, trabajar como falso autónomo actualmente es ilegal.