¿Puede un autónomo contratar a otro autónomo?

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Si eres trabajador por cuenta propia y te estás preguntando si puedes contratar a otras personas, ¡sigue leyendo, porque en este artículo te explicamos todo sobre cómo puede contratar un autónomo! 

¿Puede un autónomo contratar a otras personas? 

Sí. Un autónomo puede contratar a otras personas, ya sea como proveedores de un determinado bien o servicio como empleadas. Sin embargo, en este último caso, existen algunas limitaciones, ya que el número máximo de personas contratadas que puede tener un autónomo tributando por el régimen de estimación objetiva es de entre 2 y 10 trabajadores, tal y como se recoge en la Orden HAC/1264/2018.  

Con todo, el número de empleados que puede contratar un autónomo va a depender de la naturaleza de la actividad. Por ejemplo: 

  • Comercio al por menor de prensa, revistas y libros en quioscos situados en la vía pública: máximo de 2 empleados. 
  • Reparación de artículos eléctricos parra el hogar: máximo de 3 empleados. 
  • Comercio al por menor de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos: máximo de 4 empleados. 
  • Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos: máximo de 5 empleados. 
  • Servicios de peluquería: máximo de 6 empleados. 
  • Cafeterías: máximo de 8 empleados. 
  • Restaurantes de uno y dos tenedores: máximo de 10 empleados. 

¿Qué tipos de contratos puede hacer un autónomo? 

A la hora de contratar, los autónomos cuentan con 3 opciones en función de la situación de la persona contratada: 

1. Contratar a otro autónomo 

En este caso, nos referimos a cuando un autónomo contrata los bienes o servicios proporcionados por otro trabajador por cuenta propia. Por eso, este tipo de relación ha de ser de tipo mercantil de prestación de servicios y se debe reflejar en un contrato de estas características. 

En este caso, la retribución económica que va a percibir el autónomo se realizará mediante una factura con IVA. En función de la duración de la relación mercantil, dichas facturas se realizarán de forma puntual o periódica.   

2. Contratar a un empleado 

En este caso ya aplican las restricciones en cuanto al número de trabajadores que puede tener un autónomo a su cargo. Cuando un autónomo contrata trabajadores, pasa a ser un autónomo empresario y tiene la obligación de hacerse cargo de las cuotas a la Seguridad Social

Para poder realizar esta contratación, debes realizar una serie de pasos y presentar varios documentos en la Seguridad Social: 

  • Modelo TA.6, donde te darás de alta como empresario (esto no afectará a tu estado como autónomo). 
  • Modelo TA.7, que te permitirá gestionar la cotización de tus empleados mediante un Código Cuenta de Cotización. 
  • Modelo TA-2/S, para dar de alta al nuevo empleado. En caso de que sea la primera vez que accede a un trabajo, deberás solicitar que se le asigne un número de afiliación. 
  • Contrato laboral firmado por el nuevo trabajador para que éste sea registrado en el SEPE. El plazo para realizar este trámite es de 10 días a partir de la firma del contrato. 

3. Contratar a un familiar 

Por último, un autónomo también puede contratar a un familiar. Sin embargo, existen una serie de criterios que dicha persona debe cumplir: 

  • Tener al menos 16 años 
  • Ser familiar directo por consanguineidad, afinidad o adopción de hasta segundo grado. 
  • Ser conviviente del autónomo o estar bajo su cargo. 
  • Que la colaboración entre al autónomo y el familiar sea habitual y en el mismo lugar de trabajo, y no puntual. 
  • No estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena. 

Cuando el familiar de un autónomo cumple con estas condiciones podrá ser contratado en calidad de autónomo colaborador y no tendrá que presentar ni declaraciones ni impuestos. Sin embargo, en caso de que se ponga fin a su actividad, no podrá disfrutar de una prestación por desempleo. 

Si quieres saber sobre los costes que implica contratar personal siendo autónomo, echa un vistazo a este artículo.

Tal y como te hemos explicado, existen varias formas en las que un autónomo puede contratar a otras personas. En Previsión Mallorquina somos expertos en autónomos desde 1969 y por eso sabemos lo que necesitas. ¿Hablamos?