Modelo 303 autónomos: ¿qué es y cómo funciona?

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El modelo 303 es uno de los que más dudas genera entre los autónomos, por eso desde Previsión Mallorquina vamos a explicarte todo lo que necesitas saber sobre este formulario de IVA trimestral: qué es, cómo funciona, quién debe presentarlo y cuándo debe presentarse, y por supuesto, qué información tendrás que aportar.

¿Qué es el modelo 303 de la Agencia Tributaria?

Se trata de un formulario de declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que debe presentarse con periodicidad trimestral. Es decir, un documento utilizado para declarar y pagar a Hacienda el IVA acumulado en las facturas que haces a tus clientes. Es por esta razón que a veces recibe el nombre de autoliquidación del IVA o liquidación del IVA trimestral.

En base a este modelo, deberás pagar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de venta y el IVA soportado en tus facturas de gastos. En definitiva, la diferencia entre el IVA que hayas cobrado a tus clientes y el que hayas pagado a tus proveedores a lo largo de tres meses.

Su equivalente anual es el modelo 390, en el que se resumen todos los modelos trimestrales de IVA presentados a lo largo de los 360 días. Por eso, es importante que cumplimentes el 303 de forma correcta. El gran hándicap es que este cuestionario está dividido en ocho secciones, con más de 80 casillas, y aunque la complejidad real de rellenarlo dista mucho de la apariencia, el hecho de enfrentarse a él causa más de un dolor de cabeza a los trabajadores por cuenta propia.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Independientemente del resultado de la declaración (a ingresar, a cero, negativa a compensar o devolver), todos aquellos autónomos que desarrollen una actividad que esté sujeta a IVA están obligados a presentar el modelo 303 cada trimestre.

Las únicas excepciones a la hora de presentar este formulario serán aquellas actividades productivas exentas del IVA, como son:

  • Los servicios médicos.
  • Los servicios psicológicos.
  • Los servicios de formación.

Estas exclusiones se dan debido a que el IVA soportado en los gastos se deduce como mayor importe del gasto en las declaraciones de IRPF.

Situaciones que pueden darse en el momento de la presentación del Modelo 303:

  1. Modelo 303 a cero o sin actividad: aunque no hayas llevado a cabo tu actividad productiva durante ese trimestre, tendrás que presentar igualmente el formulario. La única diferencia es que el resultado será 0, ni pagas, ni te pagan.
  2. Modelo 303 positivo a ingresar: la declaración de Hacienda sale a favor del organismo público, así que tienes que pagar.
  3. Modelo 303 a compensar: la balanza se inclina a tu favor, por lo que Hacienda debe devolverte el dinero que, en vez de ser reembolsado, queda como compensación del resultado de la siguiente declaración trimestral.
  4. Modelo 303 negativo o a devolver: este último supuesto puede considerarse como resultado de la consecuencia a la repetición del caso anterior. Si en el cuarto trimestre la declaración sale a tu favor, Hacienda te devuelve el dinero.

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Como hemos recalcado a lo largo de todo el artículo, este modelo es trimestral y de acuerdo con el calendario fiscal, debe presentarse en las siguientes fechas:

  • Primer trimestre del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre del 1 al 30 de enero.

Las declaraciones que se hagan online y tengan resultado positivo que están domiciliadas en la cuenta corriente -el caso más habitual-, tienen 5 días menos de plazo sobre cada uno de esos meses.

¿Cómo se presenta el modelo 303?

Este formulario puede llevarse a cabo de forma presencial en la Agencia Tributario o bien online en la página web de Hacienda. En cualquiera de las dos opciones vas a necesitar la siguiente información:

  • Como en cualquier trámite con la administración pública, necesitarás tu nombre completo y DNI
  • El periodo correspondiente al trimestre que estás presentando (1T, 2T, 3T o 4T)
  • El devengo del año en el que estás presentando el modelo. En el caso de que la fecha no coincida con un año natural tienes que indicarlo.
  • El precio de tus productos o servicios vendidos sin IVA.

En el momento de preparar esta información, ten en cuenta que el IVA debe estar separado según el tipo impositivo, al igual que los ingresos estarán segmentados por la procedencia (nacional, europea o no europea) y el tipo (de empresa mixta o particular).

La experiencia adquirida por Previsión Mallorquina durante estos últimos 50 años nos permite saber que los plazos de presentación de este tipo de documentos generan una gran presión sobre los autónomos. Nos gusta estar a tu lado cuando más lo necesitas y, por eso, ponemos a tu disposición nuestro Seguro de Baja Laboral, que te aportará la tranquilidad que necesitas en los momentos más difíciles. ¿Hablamos?