Nuevas ayudas para autónomos Cataluña 2021

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La crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia de la Covid-19 ha provocado que muchos autónomos hayan tenido que reducir e incluso parar sus actividades, lo cual ha producido que, en muchos casos, se hayan registrado pérdidas económicas significativas. Por eso, el Gobierno de España ha aprobado un nuevo paquete de ayudas para autónomos que las comunidades regularán. En estén artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre las nuevas ayudas para autónomos en Cataluña en junio de 2021.

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¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Para poder solicitar estas ayudas se deben cumplir obligatoriamente los siguientes requisitos:

Además, quien quiera ser beneficiario de estas ayudas deberá comprometerse con lo siguiente:

  • Mantener los dividendos durante 2021 y 2022.
  • Continuar con la actividad del negocio por la que se solicitan las ayudas durante un año, hasta el 30 de junio de 2022.

¿Qué gastos son subvencionables?

Aquellos destinados a cubrir deudas y pagos con proveedores y costes fijos que se hayan ocasionado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y que haya sido producidos por contratos firmados antes del 13 de marzo de 2021.

El dinero percibido se empleará para pagar a los proveedores por orden de antigüedad, es decir, según la fecha de emisión de las facturas. Si se da el caso, también se utilizará la ayuda para reducir el nominal de la deuda bancaria priorizando la deuda con aval público.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La cuantía de las ayudas a percibir dependerá de la situación en la que se encuentre cada autónomo:

  • Los autónomos que tributen con estimación objetiva el IRPF percibirán 3.000 euros.
  • Los autónomos que tributen el IRPF según el régimen de estimación directa recibirán entre 4.000 y 200.000 euros.
SituaciónAyuda
Tributación del IRPF con estimación objetiva3.000 euros
Tributación del IRPF con estimación directaHasta 200.000 euros

¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?

El formulario de inscripción se podrá presentar desde el día 21 de junio de 2021 a partir de las 9:00 hasta las 15:00 del día 30 de junio de 2021.

¿Cómo se presentan las solicitudes?

La solicitud se tiene que realizar a través de la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya. Una vez en la Sede Electrónica, hay que dirigirse al Canal Empresa y rellenar el formulario disponible, el cual se debe presentar a través del mismo canal una vez finalizado. Todas las solicitudes deben ir acompañadas de firma electrónica. A través del portal Trámites gencat se puede consultar información sobre este sistema.

En caso de ser autónomo y no contar con los sistemas de firma e identificación requeridos para realizar el trámite, se puede utilizar el sistema idCAT móvil, el cuál se puede conseguir en la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya y también presencialmente en algunas oficinas.

¿Es compatible con otras ayudas?

Sí, siempre y cuando la suma total de la cuantía percibida por todas las ayudas no sea superior al 100% del importe de los gastos subvencionables durante el mismo periodo.

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