Seguros obligatorios y opcionales si eres arquitecto autónomo

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Los arquitectos autónomos tienen que afrontar múltiples riesgos cuando inician su actividad laboral. A las contingencias económicas de cualquier negocio, se unen los riesgos de accidente y destrozos en el local. Por suerte, existen seguros que nos protegen ante este tipo de escenarios y con los que todo arquitecto autónomo debería contar.

Algunos de estos seguros son obligatorios y el no contar con ellos puede suponer multas y sanciones. Otros, aun no siendo obligatorios, sí son altamente recomendables por los beneficios que acarrean.

Si no tienes claro qué seguros contratar para tu estudio de arquitectura, quédate con nosotros, te desentrañamos las herramientas que te protegerán a ti y a tu negocio. Y es que, precisamente, Previsión Mallorquina cuenta con seguros que te protegen cuando más lo necesitas: en situaciones de enfermedad o accidente.

Nuestros seguros de baja laboral te ofrecen compensaciones económicas que ayudarán a paliar la merma de ingresos ante la incapacidad de atender tu estudio de arquitectura cuando tu salud falle.

Seguros obligatorios para arquitectos

A nivel estatal, no existe una ley que exija contratar un tipo determinado de seguro, pero algunas Comunidades Autónomas sí que obligan a los arquitectos autónomos a contratar ciertos seguros. Por otro lado, la legislación urbanística del país demanda de los arquitectos hacerse responsables en caso de accidentes o fallos.

Para poder asumir estas responsabilidades, se hace imprescindible la contratación de un seguro obligatorio. A continuación, te explicamos cuáles son los más habituales.

Seguro de Responsabilidad Civil

El seguro de Responsabilidad Civil es el seguro básico con el que debe contar todo arquitecto. El riesgo de daño a terceros forma parte del día a día de cualquier arquitecto autónomo. Una mala planificación, errores en el diseño del edificio, elección deficiente de materiales que causan desperfectos en las construcciones con el paso de los años…

Son muchas las situaciones en las que un arquitecto tendrá que asumir reclamaciones por parte de clientes y proveedores. Recuerda que, según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), los arquitectos deben asumir la responsabilidad por desperfectos en los edificios durante los siguientes plazos:

  • 10 años: para desperfectos que afecten a elementos estructurales que comprometan la estabilidad del edificio (cimientos, muros de carga, vigas, etc.)
  • 3 años: para desperfectos que afecten a la habitabilidad del edificio (goteras, grietas, etc.).
  • Un año: defectos que influyan sobre el acabado del edificio.

Por eso, para responder a estas situaciones es clave contar con un seguro de Responsabilidad Civil que te cubra durante los períodos marcados por la ley. Así, si un cliente resulta perjudicado por alguna acción tuya o de tus empleados, el seguro correrá con los gastos derivados de posibles indemnizaciones.

Seguro para tu local

No es estrictamente obligatorio, pero un seguro multirriesgo para tu local puede ser muy necesario para proteger el lugar en el que desarrolles tu actividad. Además, si tu estudio de arquitectura está abierto al público, es posible que el ayuntamiento de tu localidad te obligue a contratar un seguro como este para obtener la licencia de apertura.

Un buen seguro de locales incluye:

  • Continente: paredes y elementos estructurales de tu estudio de arquitectura
  • Contenido: incluye las mesas y escritorios, equipos informáticos y muebles en general
  • Asistencia al estudio 24 horas: pone al alcance de tu mano los servicios de fontaneros, electricistas y otros servicios que puedas necesitar ante averías en tus instalaciones.

Seguro complementario de accidentes de trabajo

Si tienes empleados a tu cargo, es obligatorio que contrates un seguro de accidentes de trabajo que cubra los desplazamientos a obra de tus trabajadores. La obligación aparece recogida en el artículo 30 del Convenio Colectivo de Empresas de Ingeniería y Arquitectura. Este seguro reunirá las siguientes características:

  • El capital mínimo asegurado será de 22.000 euros.
  • El seguro debe cubrir las contingencias de muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez derivadas de accidente de trabajo.

Seguros recomendables para arquitectos

Por otro lado, existen seguros que no son obligatorios pero que son altamente recomendables. La ausencia de estos seguros no supondrá sanciones para el arquitecto autónomo, pero jugará un papel beneficioso cuando las circunstancias no sean favorables. Aquí te mencionamos algunos de ellos

Seguro de baja laboral

El seguro de baja laboral está diseñado para darte una compensación económica cuando alguna enfermedad o accidente te impida trabajar. Al igual que ocurre con otros profesionales autónomos, el arquitecto por cuenta propia depende de su trabajo para facturar. Una semana de enfermedad puede suponer una semana sin abrir el estudio y eso repercutirá en los ingresos al final de mes.

La importancia de los seguros de baja laboral se entiende mejor con un ejemplo. Supongamos que has contratado el seguro de baja laboral de Previsión Mallorquina. Pues bien, si un día te haces un esguince de tobillo jugando al tenis con amigos o sobreviene una enfermedad que te impida trabajar, podrás recibir una indemnización mensual de hasta 2.000 euros en función de la modalidad contratada.

Para obtener esta indemnización, solo tendrás que enviar el parte médico al seguro a través de tu área de cliente. Una vez hecho, solo tendrás que ocuparte de tu recuperación.

Con esto, tu estabilidad financiera se resentirá menos y podrás centrarte en lo que de verdad importa: tu salud.

Conclusión

Los seguros son los mejores aliados de un arquitecto autónomo. Algunos de ellos son obligatorios y otros no, pero todos son recomendables. Entre los seguros que cualquier arquitecto debe tener sí o sí figuran el seguro de responsabilidad civil. Este seguro cubrirá las reclamaciones por daños y perjuicios a terceros que tu actividad pueda generar.

Si tienes un local en el que llevas a cabo tu actividad, también conviene que contrates un seguro que proteja tanto el continente como el contenido en caso de incendios, robos o averías. Si además tienes empleados, el Convenio Colectivo te obliga a contratar un seguro de accidentes para cubrir posibles contingencias en desplazamientos.

Dentro de los seguros altamente recomendables se encuentran los seguros de baja laboral. Una herramienta con la que salvaguardar parte de tus ingresos en caso de accidente o enfermedad. Con Previsión Mallorquina podrás contar con indemnizaciones de hasta 2.000 euros al mes en caso de accidente o enfermedad con solo enviar tu parte médico.

Porque Previsión Mallorquina siempre está al lado de los arquitectos autónomos.