El IVA en hostelería. Guía para chefs autónomos

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Los impuestos forman parte de la vida de cualquier autónomo. Y los chefs por cuenta propia no son una excepción. El impuesto más común con el que se debe lidiar es el IVA ya que es el gravamen que se aplica sobre el consumo. Existen varias modalidades y tipos de IVA y por eso es fácil que un chef autónomo se sienta confuso ante el tipo que deba aplicar en sus ventas. 

Para arrojar luz sobre la forma en que debes aplicar el IVA en hostelería, Previsión Mallorquina te trae este post. Si quieres proteger tus ingresos durante tus períodos de enfermedad o convalecencia, nuestros seguros de baja laboral son la mejor opción ya que te ofrecerán indemnizaciones para mitigar la falta de ingresos.

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¿Qué tipo de IVA se aplica en la hostelería?

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un gravamen indirecto que se aplica sobre bienes y servicios y que es abonado por el consumidor final. Las empresas y autónomos se encargan de recaudar el impuesto a través de la venta de sus servicios y después lo deben ingresar a Hacienda cubriendo el Modelo 303.

Aquí se pueden aplicar deducciones relacionadas con el IVA soportado y repercutido por cada autónomo. En general, existen tres clases de IVA:

  • El IVA general: se aplica un porcentaje del 21%
  • El IVA reducido: se aplica un porcentaje del 10%
  • IVA superreducido: gravamen del 4%
  • Exención de IVA: se aplica a productos sanitarios, educativos o servicios sociales y culturales

Cuándo se aplica el IVA reducido 

Según la ley 37/1992 del Impuesto del Valor Añadido la hostelería y restauración deben gravar sus servicios al 10%. Es decir, deben aplicar el IVA reducido. Este tipo de impuesto se aplica a todos los productos de la carta del restaurante, independientemente de que fuera del establecimiento ciertos géneros tributen a un IVA superior.

En consecuencia, los vinos, zumos y bebidas tributan al tipo general fuera del restaurante (21%) pero cuando se venden dentro de tu carta se debe aplicar solamente el 10%.

Cuándo es obligatorio aplicar el IVA general

El IVA reducido solo se aplica en restaurantes o en locales que tengan como actividad principal la venta de productos de alimentación listos para consumir en el momento. Ahora bien, existen locales que, aunque sirvan comidas y bebidas, no tienen como actividad principal la restauración. En estos casos, se debe aplicar el IVA general del 21%. Esta situación es muy común en karaokes, boleras y otros espacios donde se llevan a cabo espectáculos y donde se sirven comidas.

Qué gastos de IVA en hostelería puede deducirse un cocinero por cuenta propia

Como cocinero autónomo, te puedes deducir las compras de materiales que estén directamente afectados a tu actividad profesional. Esto incluye:

  • Equipos de cocina: cuchillos profesionales, robots de cocina, sartenes y utensilios.
  • Vestuario: Delantales, elementos de protección, botas
  • Materias primas
  • Servicios profesionales

En todos estos materiales se suele aplicar el 21% de IVA cuando los compras, pero puedes deducir el 100% del IVA en tu declaración trimestral de este impuesto. De este modo, del IVA que has aplicado a tus clientes podrás restar el soportado en la compra de los utensilios necesarios para llevar a cabo tu actividad.

Y es que el Impuesto del Valor Añadido grava el consumo final de bienes y servicios, y por lo tanto, las herramientas que utilizas no se están destinando para consumo final sino para crear bienes y servicios que contribuyen a la generación de riqueza.

Preguntas Frecuentes

¿Llevan el mismo IVA las bebidas alcohólicas y los refrescos?

Las bebidas alcohólicas y los refrescos aplican el mismo porcentaje de IVA (un 21%) en el caso de que se compren o sirvan fuera de los establecimientos hosteleros. En tu caso, siendo chef autónomo, debes aplicar un IVA del 10% ya que tu actividad está exclusivamente orientada al servicio de hostelería.  

¿Qué IVA debo aplicar por impartir un taller o curso de cocina?

Todo dependerá del tipo de curso de cocina que estés impartiendo:

  • Si es un curso no reglado: Tendrás que aplicar el 21% de IVA
  • Si el taller se imparte dentro de una enseñanza reglada y de carácter oficial: La actividad está exenta de IVA.
  • Si el taller está acompañado de una degustación: podrás aplicar el IVA reducido del 10% sobre la parte proporcional del taller.

¿Puedo aplicar el IVA reducido en el caso de enviar comida a domicilio?

Sí, la entrega de comida a domicilio está gravada al 10% ya que se considera una entrega de producto final al consumidor. En este sentido, como la actividad se centra en la hostelería y servicio de comidas, se puede aplicar el IVA reducido.

Conclusión

Los chefs autónomos, al igual que otros profesionales por cuenta propia, deben satisfacer el IVA tanto al vender como adquirir productos y servicios. Esta diferencia entre IVA soportado e IVA repercutido es lo que declararán a Hacienda utilizando el Modelo 303 trimestralmente.

A diferencia de otras ramas de actividad profesional, la hostelería debe aplicar a sus productos un IVA reducido del 10% cuando van destinados al consumidor final. Este tipo impositivo reducido solo se puede aplicar cuando el servicio de comidas es la actividad principal del restaurante. En el caso de los karaokes, boleras o espacios en los que la hostelería no es la actividad principal, el precio de los alimentos debe tributar al 21%. EL IVA reducido también se aplica a las entregas de comida a domicilio.

Además de las cargas tributarias, la actividad de un chef autónomo también está sujeta a eventos aleatorios que pueden poner en riesgo tus ingresos. Por eso los seguros de baja laboral de Previsión Mallorquina están pensados para ayudar a los chefs autónomos en los momentos más difíciles.