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Nueva reforma laboral: ¿cómo afecta a los autónomos?

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La entrada en vigor del Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo también tiene consecuencias para los autónomos, especialmente en lo relativo a los contratos y a los ERTEs. En este artículo te explicamos cuáles son. 

Cambios en los contratos que afectan a los autónomos 

Uno de los aspectos más modificados por la nueva reforma laboral son los contratos de trabajo. En concreto, estos son los principales cambios: 

Los contratos por obra y servicio desaparecen 

Los contratos de obra y servicio se solían utilizar para generar contrataciones temporales, pero, con la nueva reforma, estos dejan de existir. En consecuencia, los empleados de los autónomos contratados bajo estas condiciones deberán dejar de estarlo durante los próximos meses. 

Los contratos de menos de un mes que se rescindan comportarán una penalización de 26 euros 

Cada baja que se produzca en un contrato temporal con duración inferior a 30 días conllevará una penalización de 26 euros que se añadirá a la cotización a la Seguridad Social. Esta medida no aplica a los contratos por sustitución. 

Los contratos temporales tendrán una menor duración 

La duración de los contratos temporales se reducirá de 3 a 2 años y sólo podrá realizarse en las siguientes situaciones: 

El contrato fijo discontinuo se amplía 

Este tipo de contrato se deberá utilizar para aquellos trabajos de temporada y de naturaleza estacional, así como para aquellos trabajos que tengan periodos establecidos de ejecución, pero cuya prestación sea intermitente. 

Los contratos formativos se dividen en dos nuevas modalidades 

ERTEs 

La reforma laboral introducida también modifica las condiciones y el acceso a los ERTEs, haciéndolos más accesibles para los autónomos. En particular, los cambios realizados son los siguientes: 

ERTE ETOP 

El periodo de consulta necesario para su negociación con los trabajadores se rebaja de 15 días a 7 días para los autónomos. 

ERTE por fuerza mayor 

Además de las causas vigentes hasta el momento, se añaden el impedimento y las limitaciones a la actividad normal por causa gubernamental.  

Los autónomos deberán someterse a una Inspección de trabajo y la solicitud será resulta en 5 días. Asimismo, la reducción de jornada se situará entre un 10 y un 70%. 

Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización de Empleo 

El gobierno ha creado esta nueva modalidad de ERTEs para que los autónomos, así como las empresas, puedan realizar ajustes de plantilla y beneficiarse de exoneraciones den las cotizaciones. 

El Mecanismo RED incluye dos modalidades de expediente nuevas: 

Como ves, la reforma laboral tiene numerosas consecuencias para los autónomos, especialmente en materia de contratos y de ERTEs, y es importante mantenerse informado para asegurarse de que se está cumpliendo con la ley en todo momento. 

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