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Actividades de autónomos que no tendrán obligación de declarar el IVA en 2025

actividades autónomos exentas de IVA en 2025

Gestionar impuestos sigue siendo una de las tareas más temidas por los autónomos, especialmente cuando se trata de declarar el IVA. Este 2025 trae novedades importantes que pueden suponer un alivio: algunas actividades profesionales quedarán exentas de presentar esta declaración, reduciendo así la carga burocrática y administrativa para miles de trabajadores por cuenta propia. 

En Previsión Mallorquina, llevamos desde 1969 al lado de los autónomos, ayudándoles a tomar mejores decisiones para su bienestar y su negocio. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre las actividades que estarán exentas de declarar el IVA en 2025, cómo saber si estás entre ellas y qué implicaciones fiscales tiene esta medida. 

¿Cuáles son las actividades de autónomos exentas de declarar el IVA en 2025 y cuáles sí deben declarar?

Al margen de las futuras exoneraciones generales que aún están en negociación, Hacienda ya cuenta para 2025 con una lista de actividades específicas que no están sujetas a declarar IVA. Profesiones del ámbito sanitario, educativo y otras consideradas de interés general figuran entre las principales beneficiadas. 

Además, la Agencia Tributaria pone a disposición de los autónomos una herramienta oficial para consultar las obligaciones tributarias de cada actividad, lo que facilita comprobar de forma rápida si una profesión está exenta o no del impuesto.

Asistencia sanitaria 

Están exentos los profesionales que prestan servicios médicos o sanitarios, siempre que tengan la titulación oficial correspondiente: 

No están exentos y deben declarar el impuesto al tipo del 21%, los trabajadores por cuenta propia: 

 Educación y formación 

La enseñanza reconocida oficialmente por el Ministerio de Educación está exenta de IVA: 

Se debe aplicar el impuesto en los siguientes casos: 

Actividades artísticas, periodísticas y literarias 

Se consideran exentas: 

Se les aplica IVA a: 

Cultura y ciencia

Son actividades que tributan al 21% de IVA cuando no están organizadas por entidades públicas o privadas de carácter social: 

Al 10% de IVA tributan: 

Seguros y servicios financieros

Están exentos de IVA:

Reparación, reformas y mantenimiento

Las actividades de este epígrafe tributan al 10% o al 21%, dependiendo de la actividad.

Las actividades que pueden tributar al 10% de IVA, son:

Este tipo reducido se aplica si el destinatario es un particular o comunidad de propietarios, si la construcción o rehabilitación ha finalizado al menos dos años antes del inicio de las obras y siempre que los materiales aportados por quien realiza la obra no excedan el 50% de la base imponible de la operación.

Restauración

A estas actividades se les aplica el 10% o el 21%.

Tributan al 10% servicios que incluyan preparación, acondicionamiento y atención personalizada: restaurantes, bares, servicios de catering, comida a domicilio, servicios de comidas en hoteles, cantinas y comedores de empresa o colegios, foodtrucks y puestos ambulantes.

El tipo asciende al 21% en: ventas de bebidas alcohólicas de alta graduación fuera un servicio de comida, servicios en locales nocturnos, máquinas expendedoras y catering que entrega preparaciones sin servicio añadido.

Condiciones para beneficiarse de la exención de IVA

La exención de IVA no se concede automáticamente por el simple hecho de ejercer una actividad clasificada como exenta. Según la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, deben cumplirse varios criterios adicionales para poder beneficiarse de esta condición fiscal:

Además, es importante tener en cuenta que la exención de IVA implica la imposibilidad de deducir el IVA soportado en la adquisición de bienes o servicios relacionados con la actividad profesional. Esto puede aumentar el coste efectivo de ciertas inversiones, por lo que es recomendable hacer una planificación fiscal adecuada.

Actividades que seguirán obligadas a declarar el IVA en 2025

Estas son algunas de las actividades que seguirán sujetas a este impuesto:

IVA franquiciado: la promesa aplazada

Aunque estaba previsto que, a partir de 2025, los autónomos que facturaran menos de 85.000 euros anuales en operaciones interiores pudieran quedar exentos de declarar el IVA, lo cierto es que la medida continúa bloqueada. A día de hoy, no hay avances sustanciales ni una fecha oficial de implementación.

Por otro lado, España sigue sin transponer la Directiva Europea 2020/285, que establece una franquicia común del IVA para pequeñas empresas en el marco de operaciones intracomunitarias. Esta norma obliga a los Estados miembros a aplicar una exención a empresas con volúmenes de negocio modestos, pero su adaptación al sistema fiscal español se encuentra pendiente. De no implementarse en breve, España podría enfrentarse a un procedimiento de infracción por parte de la Comisión Europea.

Consejos prácticos para autónomos exentos de declarar IVA

Si quieres seguir mejorando la gestión de tus impuestos y ahorrar en tu declaración de la renta, te recomendamos consultar nuestro artículo sobre cómo deducir la cuota de autónomo en el IRPF.

Conclusiones

La ampliación de actividades exentas de IVA en 2025 es una buena noticia para muchos autónomos, pero también implica nuevos retos de gestión. Estar bien informado te permitirá aprovechar las ventajas fiscales sin incurrir en errores.

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