La figura del autónomo colaborador es poco conocida dentro del panorama profesional de nuestro país. Sin embargo, en ocasiones puede ser una solución a situaciones laborales que son más comunes de lo que creemos.
Básicamente un autónomo colaborador es alguien que ha sido contratado por un trabajador por cuenta propia y que es familiar de éste. Podemos encontrar este tipo de relaciones laborales en sectores como el de la hostelería o el comercio.
En Previsión Mallorquina, como expertos en autónomos, te contamos todas las claves de este tipo de autónomos. Desde qué tipo de requisitos son necesarios para ser autónomo colaborador, hasta qué obligaciones fiscales tiene, pasando por las bonificaciones disponibles. Si quieres profundizar en la figura del autónomo colaborador, ¡adelante!
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¿Qué requisitos son necesarios para ser autónomo colaborador?
Para poder convertirte en autónomo colaborador debes cumplir una serie de requisitos. Se trata de una figura pensada para emplear a familiares dentro de un negocio propio, por lo que son condicionantes muy concretos.
- Debes ser familiar directo del autónomo que quiera contratarte. Por familiar directo se entiende el cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes, por consanguineidad o afinidad, hasta el segundo grado.
- Tener la edad mínima para trabajar, que es de 16 años. No hace mucho era normal que los hijos o hijas ayudaran en el negocio familiar antes de alcanzar dicha edad. Sin embargo hoy es mucho más infrecuente. Hacerlo antes se trataría de una infracción de la ley.
- Estar ocupado en el centro de trabajo de forma habitual. Es decir, no vale con ir al negocio familiar de vez en cuando, y trabajar realmente en otra cosa.
Si cumples estos tres puntos, estarás en disposición de ser contratado como autónomo colaborador.
También cabe recordar, que se puede realizar la contratación de un hijo dentro del Régimen General. Para ello, el hijo debe ser menor de 30 años, sin importar si convive o no con el progenitor autónomo. En este caso, dentro de la cotización, se excluirá la cobertura por desempleo.
¿Qué obligaciones fiscales tiene un autónomo colaborador?
Ser autónomo colaborador presenta una ventaja muy grande respecto al resto de autónomos, estar exento de las obligaciones trimestrales. Al no tratarse de un obligado tributario en Hacienda, no necesita presentar las declaraciones ni impuestos trimestrales de IVA e IRPF. En este caso sería el autónomo titular del negocio el encargado de hacerlo.
Así, si eres un autónomo colaborador solo tendrás que presentar una vez al año tu declaración de IRPF, y pagar los impuestos generados por tus ingresos. Estos ingresos deberán estar justificados por sus correspondientes nóminas o recibos.
Respecto al autónomo titular del negocio, deberá pagar su salario y entregar su correspondiente nómina al autónomo trabajador. Además, es el responsable subsidiario del pago de las cotizaciones de la Seguridad Social. Es decir, si el autónomo colaborador no pudiese afrontar el pago de estas cotizaciones, el titular del negocio hará frente a esta deuda.
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¿Cuáles son las bonificaciones disponibles para este tipo de autónomos?
Si te das de alta como autónomo colaborador tendrás derecho a una serie de bonificaciones, siempre y cuando no hayas estado dado de alta como autónomo en los cinco años anteriores. Estas bonificaciones buscan hacer aflorar a esas personas que trabajan en el negocio familiar sin cotizar a ningún tipo de régimen.
- Durante los primeros 18 meses. En este período de tiempo, el autónomo colaborador verá bonificada su cuota de autónomos en un 50%. Es decir, pagará la mitad de la cotización que decida tener.
- Del mes 19 al 24. Durante estos 6 meses el autónomo colaborador tendrá una bonificación del 25% de la cuota. De esta forma se consigue que el pago de la cuota íntegra tenga una progresión, 6 meses para ajustarse al pago completo.
Aunque la figura de autónomo colaborador es bastante específica, no deja de ser muy interesante en ciertos casos. Las obligaciones y bonificaciones la hacen muy atractiva. Sin embargo, cuando te pones enfermo o enferma, o tienes un accidente, las dificultades son las mismas que las de cualquier otro trabajador autónomo. Por eso te invitamos también a descubrir nuestro Seguro de baja laboral y nuestro Seguro de Hospitalización plus IT. Una forma de mantener tus ingresos cuando más lo necesitas, con la seriedad de un experto en autónomos como Previsión Mallorquina.