¿Cómo se tramita una baja laboral por enfermedad para autónomos?

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Una de las situaciones más comunes y que genera más dudas en un trabajador autónomo es la que se da cuando enferman y tienen que pedir la baja.

Recuerda, tienes derecho a recibir una prestación en caso de enfermar o tener un accidente, ya sea laboral o no, pero es necesario que cumplas una serie de requisitos. 

En Previsión Mallorquina te damos las claves sobre cómo tramitar una baja siendo autónomo.

¿En qué consiste la prestación por enfermedad para el autónomo? 

Este escenario se presenta cuando el trabajador autónomo se encuentra en una situación de incapacidad temporal que le impide realizar sus funciones durante un tiempo y que puede estar provocada por una enfermedad común, una enfermedad profesional o un accidente. 

Dicha prestación tiene una duración de 12 meses, los cuales son prorrogables seis meses más. 

baja laboral base de cotizacion

¿Qué criterios tiene que cumplir un autónomo para cobrar la baja por enfermedad? 

Para poder recibir el pago los autónomos deben cumplir los siguientes requisitos: 

  • Estar dado de alta en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). 
  • No tener pendiente ningún pago de las cuotas. De ser así, existe un plazo de 30 días para realizar los pagos. 
  • Haber estado cotizando en la Seguridad Social. 

¿Cuáles son los motivos por los que se puede pedir baja como autónomo?

Existen dos motivos por lo que te puedes coger la baja, debido a causas comunes o por accidente no laboral. En cualquier caso, tienes que haber cotizado por lo menos 180 días durante los últimos 5 años.  

El otro caso es cuando se trata de una enfermedad laboral, recogida en el Real Decreto, debido a un accidente laboral. Debido al COVID-19, el Ministerio de Trabajo ha incluido esta nueva enfermedad como una baja laboral, lo que te beneficia debido a que el importe por día de baja es superior. Esto lo veremos más abajo.  

En muchos casos, caer enfermo suponer tener que ser hospitalizado. Nuestro seguro de hospitalización también cubre los gastos mientras estás ingresado y todo el tiempo que dure la recuperación en tu casa con el seguro de hospitalización plus IT.

¿Qué pasos son necesarios para tramitar la baja por enfermedad como autónomo? 

¿Sabes cómo tramitar una baja siendo autónomo por enfermedad común? Cuenta con varios pasos que son imprescindibles para poder cobrar la prestación. Estos son: 

  • Acudir al médico de cabecera para que realice el diagnóstico y nos extienda un parte de baja laboral. 
  • Ir a la mutua o a un centro de atención de la seguridad social y presentar los siguientes documentos: 
  • El parte de baja debidamente cubierto por el médico de cabecera. 
  • El DNI o una fotocopia del mismo. 
  • Una declaración en la que se especifique la situación en la que quedará el negocio durante la baja. 
  • Justificantes de pago de los tres meses anteriores a que se produzca la situación de baja. 
cuantia de la baja laboral

¿Cuánto cobra de baja por enfermedad un autónomo? 

Para hacer el cálculo de esta cuantía hay que tener en cuenta la base de cotización del mes anterior a la baja. Por lo tanto, si se cotiza por la cuota mínima, la prestación será muy baja. 

Debido a que la estructura económica española está muy atomizada, es importante destacar que esto supone una amplia mayoría.  

Un 86% de los autónomos se encuentra en esta situación, por lo que es importante que complementes tu cuota para poder realizar tu actividad con un Seguro de Baja Laboral como el de Previsión Mallorquina. De esta forma estarás cubierto en caso de que estés enfermo. 

  • En el caso de enfermedad común se divide la base de cotización entre 30 y se aplicará un 60% del día 4 al 20 de la baja y un 75% desde el día 21. Es decir, la mayor parte de los autónomos percibirán entorno a 700€. 
  • Si estás de baja por una enfermedad laboral la mayoría de los autónomos como hemos visto anteriormente percibirán entorno a 700€ si cotizas por la base mínima. En todo caso, la prestación por enfermedad laboral se encuentra en torno a un 75% de la base reguladora.  

¿Qué día del mes se cobra la baja por enfermedad?

Tipo de enfermedad% a percibir
Enfermedad común– 60% de la base reguladora del día 4 al día 20
– 75% de la base reguladora a partir del día 21
Enfermedad laboral75% de la base reguladora

Si quieres saber más sobre cuándo cobrarás dependiendo del tipo de baja laboral, te recomendamos nuestro post con todos los detalles sobre cuánto y cuándo cobra un autónomo de baja.

Existen algunos otros aspectos generales que debes tener en cuenta

  • Si estás más de 2 meses de baja, no estarás obligado a seguir pagando la cuota de autónomos. Entienden que al no estar ejerciendo tu actividad profesional se pausa también el pago. 

Recuerda que en Previsión Mallorquina hacemos posible para que no tengas que preocuparte de tu economía mientras estés de baja médica gracias a nuestro seguro de baja laboral. Estaremos a tu lado en todo momento si tienes un accidente o sufres una enfermedad que te impida trabajar, apoyándote con una prestación cada día que dure esta situación.