A raíz de la pandemia por la Covid-19, los pagos con tarjeta o a través de aplicaciones de banca online se han incrementado notoriamente. Con todo, los pagos en efectivo todavía siguen estando a la orden del día en muchos sectores. Desde el pasado 9 de julio, la cantidad que se puede abonar en metálico se ha modificado y, por eso, en este artículo te contamos cuál es el nuevo límite de estos pagos y a qué sanciones te puedes enfrentar si lo incumples.
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Nueva limitación de los pagos en efectivo para autónomos
El pasado 9 de julio el Gobierno aprobó la Ley 11/2021, conocida popularmente como la Ley Antifraude, con motivo de prevenir y luchar contra el fraude fiscal y la economía sumergida. En ella se establece que el límite legal de pagos en efectivo se reduce significativamente, pasando de un máximo de 2.500€ a 1.000€. Cualquier pago que exceda esa cantidad deberá ser abonado mediante otros medios, como, por ejemplo, transferencia bancaria o pago con tarjeta, de modo que la operación pueda quedar registrada y ser consultada en un futuro en caso de ser necesario.
El pago de cualquier factura que se emita entre un autónomo y otro profesional o particular debe atenerse a las limitaciones establecidas por la ley. Los únicos casos en los que no se aplica esta restricción es en los pagos entre particulares.
¿Qué se considera pago en efectivo?
Se considera pago en efectivo cualquiera de los siguientes casos:
- Papel moneda
- Moneda metálica
- Cheques bancarios al portador
- Tarjetas prepago
- Materias primas que se utilicen como depósito de valor de gran liquidez, como, por ejemplo, el oro.
¿Qué pasa con los pagos de turistas?
Las limitaciones de pago para los extranjeros no son iguales. En este caso, se podrán pagar en efectivo hasta 10.000€ o su contravalor en moneda extranjera siempre y cuando el pagador sea una persona física que no tenga domicilio fiscal en territorio español y no actúe en calidad de empresario o profesional. En otras palabras, los autónomos podrán aceptar pagos en efectivo de turistas que no excedan los 10.000€.
¿Qué sanciones se pueden aplicar?
No cumplir con lo establecido por la Ley 11/2021 es una infracción administrativa grave que acarrea sanciones económicas. En concreto, se tendrá que abonar una multa cuyo importe será del 25% del cobro o pago que se haya efectuado en efectivo.
Sin embargo, la cuantía de la sanción se reducirá en los siguientes casos:
- Un 65% en las sanciones derivadas de actas con acuerdo.
- Un 40% cuando el pago se realiza pronto.
- Un 30% de reducción por conformidad.
Cabe mencionar que Hacienda puede sancionar tanto a quién paga como a quién recibe la cuantía, excepto si una de las partes decide denunciar la infracción durante los 3 meses que siguen al pago. La parte denunciante no tendrá que abonar la multa, la cual sí será exigida a la parte denunciada.
Por tanto, es conveniente que, cada vez que se emita una factura, se tenga muy en cuenta el nuevo límite establecido para pagos en efectivo, ya que, de lo contrario, es probable que la Agencia Tributaria termine imponiendo sanciones económicas a las que el autónomo tendrá que hacer frente.
En este artículo te hemos contado las últimas modificaciones en la limitación de las cantidades que se pueden pagar en efectivo, cómo afectan a los autónomos y cuáles son las sanciones a las que te puedes enfrentar si no cumples con la ley. En Previsión Mallorquina somos expertos en autónomos desde hace más de 50 años. Gracias a nuestra experiencia, sabes qué es exactamente lo que necesitas y, por eso, te ofrecemos asesoramiento personalizado para aportarte la tranquilidad que necesitas, sobre todo en los momentos más complicados.