Cómo facturar el IVA a clientes extranjeros si eres autónomo

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Si eres autónomo y vendes tus productos o servicios en España debes incluir el IVA en tus facturas. Pero, ¿cómo facturamos el IVA a clientes extranjeros? En este artículo te explicamos paso a paso todo lo que debes saber para elaborar tus facturas con tranquilidad y evitando sustos. 

Facturar a clientes dentro de la Unión Europea

Para empezar, debes saber que la situación cambia en función de si vas a facturar el IVA a un cliente de la Unión Europea o no. En el primero de los casos, el proceso es más sencillo. Basta con darse de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarios (ROI). Si tú y el cliente para el que emites la factura residís en la UE y además estáis dados de alta en el ROI, no tendrás que facturar el IVA. 

Esto ocurre porque el espacio europeo tiene una política de armonización fiscal. Debido a esto, normalmente son las empresas destinatarias de las facturas las que deben abonar el impuesto correspondiente en su país de origen. Es lo que se llama inversión del sujeto pasivo.  

Para saber si tu cliente y tú estáis dados de alta en el ROI, puedes acceder al VIES de la Agencia Tributaria en donde podrás consultar todos los operadores registrados de la Unión Europea. 

Aunque las facturas se emitan sin IVA, siempre se deben incluir en el modelo 303 de declaración de IVA trimestral y en el modelo 349 de operaciones intracomunitarias. En el caso de la venta de productos, será el comprador quien se haga cargo de abonar el impuesto correspondiente en su país.  

Como darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios

El proceso para darse de alta en el ROI es sencillo. Solo debemos rellenar el modelo 036 de la Agencia Tributaria que es el mismo que utilizamos para darnos de alta como autónomos y profesionales. Este formulario se puede rellenar de forma online, usando el acceso Cl@ve, o también de forma presencial.  

Dentro del proceso, debemos marcar la casilla 130 situada en el apartado b de la primera página. Así declararemos nuestra intención de darnos de alta en el registro. A continuación, en la página 5, marcaremos la casilla 582 para solicitar el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.  

Por último, deberemos ir a la casilla 584 y comunicar cuándo esperamos realizar nuestra primera operación intracomunitaria. Una vez hecho esto, solo nos queda esperar que nuestra solicitud sea confirmada.  

A partir de aquí ya podrás realizar operaciones comerciales con cualquier cliente de Europa que aparezca en el Registro de Operadores Intracomunitarios. 

Actividades comerciales intraeuropeas exentas de IVA

Dependiendo del ámbito de tu actividad profesional, puede ser que no necesites estar dado de alta en el ROI. Existen actividades económicas que están exentas de liquidar el IVA. Así, por ejemplo, la venta o prestación de servicios relacionados con  

  • La asistencia sanitaria. 
  • Actividades educativas. 
  • Asistencia social. 
  • Actividades culturales. 
  • Práctica del deporte. 
  • Operaciones financieras y de seguros. 
  • Exenciones inmobiliarias 

No están sujetas a IVA. En consecuencia, puedes llevar a cabo operaciones comerciales con clientes de la UE sin necesidad de registrarte en el ROI.  

Facturar el IVA a clientes particulares extranjeros

Hasta ahora nos hemos ocupado en la facturación del IVA cuando nuestro cliente es una empresa o un profesional pero, ¿Qué sucede si facturamos a un cliente particular? En este caso, debemos reflejar en la factura el IVA del país de origen. En nuestro caso España. 

Así, a la hora de vender a un particular comunitario, debemos seguir las mismas normas que si estuviéramos haciéndolo en territorio nacional. 

Por eso incluiremos el IVA en la factura y seremos los encargados de liquidar el impuesto ante Hacienda. 

Al igual que hacíamos con las empresas y profesionales, debemos reflejar estas operaciones en los modelos 303 y 349. 

Desde junio de 2021 existe una excepción a esta norma. Si tus ventas a consumidores finales en la UE superan los 10.000 euros, tendrás que tributar el IVA de los diferentes estados en donde residan los mismos.  

Por ejemplo, si tienes un negocio de ropa en España y durante el 2023 tus ventas a clientes residentes en Alemania superaron los 10.000 euros, el año siguiente tendrás que comenzar a reflejar y tributar el IVA de Alemania en las facturas que hagas hacia ese país.  

Facturar el IVA a un cliente extranjero fuera de la Unión Europea

El proceso para facturar a un cliente de fuera de la Unión Europea es ligeramente distinto. En este caso, al vender fuera del espacio europeo, estaríamos hablando de una exportación. Por ello no es necesario aplicar ni IVA ni IRPF. 

Así, será el destinatario final el que se encargará de abonar las tasas e impuestos correspondientes en su país de origen. Es recomendable que el vendedor guarde una copia de la factura, el documento de transporte internacional y la Declaración Aduanera de Exportación. Estos documentos serán necesarios para justificar la operación ante Hacienda. 

Del mismo modo, se debe presentar el modelo 303 de estas transacciones para mantener informadas a las autoridades competentes. 

Siempre existe una manera de facturar el IVA si vendes al extranjero

Facturar el IVA cuando vendes tus productos o servicios al extranjero puede parecer algo engorroso. Pero lo cierto es que cada caso tiene su proceso. Recuerda siempre mirar a la web de la Agencia Tributaria y, sobre todo, ten en cuenta que en la Unión Europea la facturación siempre es más sencilla. 

La exportación de servicios y productos a países extranjeros siempre es una buena manera de hacer crecer tu negocio como autónomo. Pero también conviene ser previsores con los accidentes o percances que podamos tener a la hora de desarrollar nuestra actividad.  

Por eso siempre es importante contar con un seguro que te cubra en caso de accidente o enfermedad. Así tu actividad profesional y tus ingresos siempre estarán protegidos.