En el cambiante panorama económico de este año 2024, uno de los temas que ha generado gran interés en el sector de los emprendedores y profesionales autónomos, es la cuota que deberán abonar los autónomos societarios. Este grupo particular de trabajadores por cuenta propia se encuentra ante un ajuste en sus obligaciones fiscales, ya que su cuota registra diferencias con respeto a la cuota de los trabajadores autónomos personas físicas.
Si eres autónomo societario, ¡sigue leyendo! A continuación, te contamos con todo detalle los cambios en la cuota que deberás pagar este 2024, y saber si el nuevo sistema por tramos de cotización es beneficioso para ti, o, al contrario, vas a considerar que afecta negativamente tu liquidez y capacidad de ahorro.
Contents
¿Qué es la cuota de autónomos societarios?
En primer lugar, ¿qué es la cuota de autónomos societarios? De forma similar a los autónomos individuales, los autónomos que hayan creado una sociedad o sean socios de una empresa o sociedad mercantil, deben hacer un pago mensualmente a la Seguridad Social, con el objetivo de mantener su cobertura de prestaciones sociales como la asistencia sanitaria, las prestaciones de maternidad o paternidad, de riesgo durante el embarazo, incapacidad temporal o permanente, jubilación y cese de actividad.
La cuota de los autónomos es considerada un gasto necesario para el desarrollo de la actividad, con lo cual es deducible en la declaración del IRPF.
¿Qué novedades presentan la cuota de los societarios en 2024?
El año pasado 2023 y seguirá este 2024 y en 2025, ante la entrada en vigor del sistema de cotización función de los ingresos reales, la cuota de los autónomos societarios presenta una diferencia importante con respeto a la cuota de los trabajadores autónomos individuales.
Aunque los dos tipos de autónomos, personas físicas o societarios, tienen la obligación de cotizar por ingresos reales, la base mínima de cotización de los societarios queda fijada en 1.000€ al mes. Aplicando el tipo de cotización para este año, de un 31,3%, nos daría una cuota de 313 € al mes.
Esta base de cotización, se determina en 2024 y en 2025 en los Presupuestos Generales del Estado, y a partir de 2026 se incorporará al grupo 7 de cotización del Régimen General. Por lo tanto, en los años posteriores la cuota mínima puede ser superior a estos 313 € mensuales.
En el caso en que los rendimientos netos del autónomo societario (ingresos totales restando los gastos por actividad) sean mayores, este tendrá que acogerse al tramo correspondiente, lo que implica una base de cotización más alta con su correspondiente cuota.
Antes de pasar a la tabla de cotización del Régimen General y poder ver los tramos de rendimientos netos y sus respectivas bases de cotización y cuotas mínimas y máximas, cabe mencionar que en general los autónomos se enfrentan a un aumento de cotizaciones debido al Mecanismo de Equidad Intergeneracional MEI, un impuesto que en enero 2024 ha incrementado 0,1%, pasando de 0,6% a 0,7% lo que determina la subida de los costes de todos los trabajadores por cuenta propia, especialmente para aquellos que emplean a otras personas.
Por otro lado, a diferencia de los autónomos persona física, que pueden deducir el 7% de los gastos de difícil justificación, los societarios sólo puedes deducir el 3% de estos gastos en el cálculo de sus rendimientos netos.
Tabla de la cuota de los autónomos para 2024
Para entender mejor el sistema de cotización de los autónomos societarios, adjuntamos la tabla de referencia con los tramos de rendimiento neto, bases y cuotas.
RENDIMIENTO NETO | BASE MIN. COTIZACIÓN | CUOTA MÍNIMA | BASE MAX. COTIZACIÓN | CUOTA MÁXIMA |
---|---|---|---|---|
<= 670€ | 735,29€ | 225€ | 816,98€ | 250€ |
671€ – 900€ | 816,99€ | 250€ | 900€ | 275€ |
901€ – 1.166,70€ | 872,55€ | 267€ | 1166,70€ | 357€ |
1.166,70€ – 1.300€ | 950,98€ | 291€ | 1300€ | 398€ |
1.301€ – 1.500€ | 960,78€ | 294€ | 1500€ | 459€ |
1.501€ – 1.700€ | 960,78€ | 294€ | 1700€ | 520€ |
1.701€ – 1.850€ | 1045,75€ | 320€ | 1850€ | 566€ |
1.851€ – 2.030€ | 1062,09€ | 325€ | 2030€ | 621€ |
2.031€ – 2.330€ | 1078,43€ | 330€ | 2330€ | 713€ |
2.331€ – 2.760€ | 1111,11€ | 340€ | 2760€ | 845€ |
2.761€ – 3.190€ | 1176,47€ | 360€ | 3190€ | 976€ |
3.191€ – 3.620€ | 1241,83€ | 380€ | 3620€ | 1108€ |
3.621€ – 4.050€ | 1307,19€ | 400€ | 4050€ | 1239€ |
4.051€ – 6.000€ | 1454,25€ | 445€ | 4720,50€ | 1477,52€ |
> 6.000€ | 1732,03€ | 530€ | 4720,50€ | 1477,52€ |
Para saber la cuota de autónomos que te corresponde en 2024, debes seguir un proceso sencillo. Primero, calcula tus ingresos reales o rendimientos netos y comprueba en cuál de los tramos es el correspondiente para ti, siempre teniendo en mente que la cotización mínima es de 1.000€, aunque los ingresos sean menores.
Te ponemos un ejemplo para que lo entiendas mejor. Supongamos que tienes un nivel de facturación de 3.000 euros al mes. A eso le tienes que restas los gastos que hayas tenido para llevar a cabo tu actividad. Supongamos que estos gastos son de 1.000 euros. Eso dejaría tu nivel de rendimientos en: 3.000-1.000= 2.000 euros mensuales.
Una vez obtengas esta cifra (2.000 euros/mes) tendrás que ir a la tabla de cotizaciones. En este caso te situarías en el tramo de 1.850 a 2.030 euros de rendimientos. En consecuencia tendrías que pagar como mínimo una cifra de 325 euros. Tu cuota máxima a pagar serían 621 euros.
¿Y la cuota para los autónomos colaboradores?
En referencia a los autónomos colaboradores, que son aquellos familiares del trabajador autónomo dueño del negocio, al igual que los societarios, no podrán elegir una base de cotización de menos de 1000€ durante 2024 y tendrá una cuota de 313€. Pero para que esta base se aplique, el colaborador tendrá que acreditar que ha estado más de 90 días en la actividad.
Tarifa plana para en la cuota del autónomo societarios
Hasta hace no mucho tiempo, los autónomos societarios no tenían derecho a la bonificación de la cuota de autónomos. Una ventaja que si podían disfrutar los autónomos generales. Pero desde 2020, los autónomos societarios ya pueden beneficiarse de esta medida. Así, los autónomos societarios podrán pagar una tarifa de 80 euros al mes durante un año o dos si los ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional.
Para obtener este beneficio el autónomo societario debe cumplir los siguientes requisitos:
- No debe acumular deudas con la Seguridad Social
- Tiene que tratarse de una primera alta en RETA. O haber pasado dos años de inactividad. Si ya se ha disfrutado con anterioridad de la tarifa plana, el periodo de inactividad debe aumentar a 3 años.
Conclusión
El año 2024 trae consigo ciertos cambios en la cuota del autónomo societario. Seguirán cotizando según los rendimientos netos de su actividad económica y tendrán una base de cotización mínima de 1000€. También se podrán deducir de manera genérica el 3% de sus gastos y el impuesto de MEI sube 0,1%.
Es fundamental que como autónomo societario estés debidamente informado para saber cómo estas modificaciones afectarán tus finanzas y tu protección social, y adaptar tus estrategias empresariales en consecuencia.
En Previsión Mallorquina, nos dedicamos a proteger los intereses de los autónomos. Descubre cómo nuestros seguros están diseñados específicamente para satisfacer las necesidades de los profesionales independientes.