¿Cuál es la pensión mínima de autónomos en 2024?

Todos los años el Presupuesto General del Estado (PGE) establece una pensión mínima y una pensión máxima de jubilación tanto para asalariados como para autónomos. Hoy te contaremos, entre otras cosas, cuál es la pensión mínima de un autónomo, cómo se calcula o cuánto tiempo deberías cotizar para llegar a ella.

Para empezar, todas las pensiones, tanto las de los trabajadores por cuenta ajena, como las de los trabajadores por cuenta propia, están ligadas a las bases de cotización y al tiempo que han sido abonadas. Es decir, la pensión varía según lo que hayas aportado al sistema y el número de años que lo hayas hecho, en función de la edad de jubilación.

Dentro de estos condicionantes hay que añadir que la ley marca unas cifras mínimas. Siendo autónomo deberemos cotizar por un número mínimo de años y con una base de cotización mínima que constituye la cotización mínima de autónomos.

¿Cómo se calcula la pensión mínima de un autónomo?

¿Qué necesito para cobrar la pensión mínima de autónomos en 2024?

Para percibir una pensión como autónomo, deberás cotizar durante un periodo mínimo de 15 años a la Seguridad Social, 2 de estes años deben estar comprendidos en los últimos 15 años antes de tu fecha de jubilación. Además, no puedes tener rentas (o que sean inferiores a las establecidas) y debes residir en España.

Sí este es tú situación, podrás tener alguna de las varias tipologías de pensiones que se pueden percibir, te indicamos cómo funciona en cada caso.

Calcula tu seguro para autónomos

¿Cuál es la pensión mínima?

  • Jubilación con 65 años:

Con cónyuge a cargo: 13.526,80 euros anuales

Sin cónyuge: 10.963,40 euros anuales

Con cónyuge, pero no a cargo: 10.406,20 euros anuales

  • Jubilación antes de 65 años (60-64 años):

Con cónyuge a cargo: 12.682,60 euros anuales

Sin cónyuge: 10.256,4 euros anuales

Con cónyuge, pero no a cargo: 9.695,00 euros anuales

  • Jubilación precedente de Gran Invalidez:

Con cónyuge a cargo: 20.290,20 euros anuales

Sin cónyuge: 16.445,80 euros anuales

Con cónyuge, pero no a cargo: 15.610,00 euros anuales

  • Jubilación precedente de Gran Invalidez con edad inferior a los 60 años:

Con cónyuge a cargo: 8.082,00 euros anuales

Sin cónyuge: 8.082,00 euros anuales

Con cónyuge, pero no a cargo: 8.012,20 euros anuales

¿Qué es el complemento a mínimos?

El complemento a mínimos es el valor que será añadido al importe de la pensión cobrada por el autónomo que no llega al mínimo establecido legalmente. Para calcular este complemento debes sumar las rentas y el importe que recibes de la pensión contributiva, tras eso harás la suma de los ingresos máximos que se han establecido por rendimientos del trabajo, capital o actividades económicas y la pensión mínima anual que esté establecida por ley.

Con este resultado, debes restar la primera de la segunda y, así, llegarás al complemento a mínimos anual. Este valor será repartido entre las mensualidades en las que se devenga la pensión para llegar a la cantidad que se percibe al mes, eso si la sima de esta y la pensión que corresponda no supere la pensión mínima establecida.

Cálculo de la pensión mínima de un autónomo

¿Cuánto voy a cobrar de pensión en 2024?

Para el cálculo de la pensión se toman en cuenta principalmente dos variables como son las bases de cotización y el tiempo cotizado. Aquí hay dos conceptos importantes, y que hay que saber diferenciar: Base de cotización y Base reguladora.

  • La base de cotización es el “sueldo” por el que tú cotizas, y en función de lo que elijas aportarás más o menos mensualmente. Accede a nuestro artículo para saber las bases de cotización de autónomos 2023.
  • La base reguladora es un concepto que sirve para el cálculo de todas las pensiones (incapacidad, muerte y supervivencia, jubilación, etc..).

En el caso de las pensiones de jubilación la ley dice que se calcula dividiendo las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años) antes de la jubilación entre 350. La razón de dividirlo entre 350 es que para el cálculo se toman 12 bases de cotización por año (la parte proporcional de las pagas extras está prorrateada). Sin embargo, la pensión se cobrará en 14 pagas por año. Por lo tanto, si sumas 300 pagas ordinarias más 50 extraordinarias (2 por cada año x 25 años), obtenemos el número 350.

Una vez que tenemos la base reguladora, entra en juego el tiempo que has cotizado al sistema, y así obtener lo que finalmente cobrarás de pensión.

El tiempo mínimo de cotización es de 15 años. Con este tiempo tienes derecho a cobrar un 50% de tu base reguladora, que anteriormente has calculado. Esto es lo mínimo, pero si has cotizado más, tendrás derecho a percibir más, como es obvio.

Para el otro 50% restante de la pensión el cálculo se hará mes a mes, añadiéndose un porcentaje hasta alcanzar el 100% de la base reguladora, que es lo máximo que cobraremos (no confundir con la pensión máxima, que es la máxima pensión de jubilación pública que se puede cobrar en España). Aplicando los valores de la siguiente tabla podremos descubrir el importe bruto a recibir. De ahí tendremos que sacar las retenciones de IRPF, porque sí, los pensionistas siguen aportando al Estado, aunque no trabajen.

Previsión Mallorquina-Base reguladora

 

¿Y si también he trabajado por cuenta ajena?

Si este es tu caso, estarás en lo que se conoce como pluriactividad, es decir, habrás cotizado por dos regímenes diferentes, el de autónomos y el general. En este punto pueden suceder dos cosas.

  1. La primera es que, hayas cotizado el mínimo de años exigible (15 años) en cada uno de ellos. Por ejemplo, 20 como asalariado y 16 como autónomo. En este caso tendrías derecho a cobrar dos pensiones, pero ten en cuenta que la suma de ambas no puede superar el límite de la pensión máxima que la ley establece.
  2. Por el contrario, puede que en uno de los regímenes no llegues al número de años mínimo exigido. En ese caso, las bases de cotización que hayas aportado se tendrán en cuenta a la hora de calcular tu pensión. Así, si has cotizado 7 años al régimen general y 16 como autónomo, tu pensión se calculará con las bases de cotización de 23 años.

No dudes en entrar en contacto con nosotros para sacar cualquier duda. ¡En Previsión Mallorquina te ayudamos en tu jornada como autónomo!