Si eres un trabajador por cuenta propia y te estás planteando ampliar tu plantilla, te informamos de que estás en tu pleno derecho de contratar a un familiar y hacerle un contrato indefinido. Además, al tratarse de un acuerdo de este tipo, los autónomos podéis acceder a una serie de bonificaciones que inclinarán la balanza a tu favor, a la hora de gestionar tu negocio.
Eso sí, te advertimos que para poder contratar a un familiar, es indispensable cumplir un requisito ordenado por el SEPE (Servicio Público de Empleo. Estatal): este acuerdo debe estar suscrito por el propio cónyuge o bien por un ascendiente, descendiente o pariente con consanguinidad o afinidad de hasta un segundo grado. Por otro lado y aunque suene demasiado lógico, esta persona deberá estar inscrita en la oficina de empleo.
De esta segunda norma están exentos los hijos menores de 30 años que convivan con el autónomo en cuestión (aunque sin cobertura por desempleo), así como los que superen esta edad pero sufran parálisis cerebral, alguna enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado superior al 33%, las personas con discapacidad física o sensorial entre el 33 y el 64% (si el alta en la Seguridad Social es por primera vez) o del 65% o más.
¿Cómo son los contratos para familiares?
El contrato que sea formalizado entre ambas partes ha de ser indefinido, pero podrá tratarse de un acuerdo de jornada completa o bien de jornada parcial.
¿Cuáles son los requisitos para contratar un familiar?
Son varios los requisitos que debe cumplir el trabajador por cuenta propia, para que este contrato sea válido, como hemos apuntado anteriormente. El primero de ellos es no haber extinguido un contrato de trabajo durante los doce meses anteriores, ya bien sea por causas objetivas o por despidos disciplinarios que el juez haya calificado como improcedentes.
De la misma forma que durante los seis meses posteriores a la formalización del contrato, el autónomo tendrá que mantener el nivel de empleo de la persona que ha sido contratada para poder acceder a la bonificación. Es decir, si comienza con un contrato indefinido a jornada completa, no podrá reducirse estas condiciones hasta que hayan pasado de mínima, medio año.
Cuando se realiza la evaluación del empleo, no se tiene en cuenta la extinción del acuerdo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no se consideren improcedentes. Tampoco se tendrán en cuenta los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a Derecho, así como las dimisiones, la muerte o la incapacidad permanente total, absoluta, la gran invalidad de los trabajadores o por la expiración del tiempo para la realización de la obra o servicio para el que haya sido contratado.
La comprobación del cumplimiento de estas condiciones que regulan las bonificaciones corresponde al servicio público de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) .
¿Cuáles son las bonificaciones para contratación de familiares?
Cuando este tipo de profesionales deciden contratar de manera indefinida a un cónyuge, descendiente o alguno de los demás parientes considerados de consanguinidad o afinidad -hasta el 2º grado- y se reúnen todos los requisitos necesarios, tendrá derecho a la bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses.
Estas disposiciones estás regidas por lo dispuesto en la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
Ser autónomo puede resultar muy complicado y el exceso de burocracia no hace más que acrecentar esta situación, por eso en Previsión Mallorquina nos interesamos por lo que te preocupa y damos solución a tus dudas con este tipo de posts. Aún así, sabemos que hay temas que son más complicados que otros, por eso queremos recordarte que estamos aquí para resolver cualquier cuestión que ronde por tu cabeza, porque somos expertos en autónomos como tú desde 1969 y porque tu bienestar es nuestra máxima.
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