No me han cobrado el recibo de autónomo ¿Qué puedo hacer? 

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Es una de las situaciones más frecuentes cuando se es autónomo: El pago de la Seguridad Social. Por lo general, todos los meses los profesionales dados de alta en RETA deben pagar las cantidades acordadas. Pero existen momentos en los que dichos profesionales no ven reflejados los pagos en sus cuentas. 

Ante esta situación, las dudas y miedos asaltan a los autónomos. Pero no te preocupes, en Previsión Mallorquina estamos a tu lado. En este post te diremos todo lo que necesitas saber para afrontar esta situación y disipar tus miedos.  

¿Cuándo se cobra el recibo de autónomo? 

Por lo general, las cuotas de la Seguridad Social se suelen pagar el último día de cada mes. Por eso es muy importante que para esas fechas tengas el dinero necesario en tu cuenta. De otro modo, podrías tener que afrontar sanciones y recargos. 

Pero puede ocurrir que llegue la fecha de vencimiento y no se realice el cobro. Esto ocurre con mucha frecuencia durante el primer mes de actividad. Si te encuentras en esta situación, no te preocupes, seguramente el mes que viene tengas que pagar una cuota más elevada para compensar. Es muy común que, si el primer mes no has tenido recibo, el mes siguiente se te cargue con las dos cuotas adeudadas. 

Por qué no me han cobrado la cuota de autónomo 

La mayoría de las veces esto ocurre cuando te das de alta más tarde del día 10. La razón es que la Seguridad Social programa los cobros para el final de mes y para eso tiene que emitir una orden al banco en los primeros días del período.  

Si empiezas como autónomo después de esa fecha, la Seguridad Social no podrá emitir la orden hasta el mes siguiente. Y por eso te llegará el cobro de los dos meses en el mes siguiente. 

También puede ocurrir que, llegada la fecha del cobro, no tengas fondos en tu cuenta bancaria. O que incluso sea por un motivo ajeno a ti.  

Qué hacer en este caso 

Para evitar problemas y curarte en salud, deberás presentar una reclamación en la Tesorería General de la Seguridad Social. También puedes hablar con tu banco para asegurarte de que todo está correcto. De este modo, puedes llegar a conocer por qué no te están cobrando las cuotas. 

Si llevas tiempo siendo autónomo y de repente te dejan de llegar cobros, deberías conservar los recibos ya pagados. Son la prueba de que has satisfecho tus cuotas y de que no adeudas nada a la Seguridad Social. Si quieres saber cómo obtener estos recibos, te lo explicamos en este post

Independientemente de cuál sea la causa, es importante que tengas en tu cuenta bancaria dinero suficiente. Nunca sabes cuánto dinero podrían reclamarte después. 

Me pueden multar si no me cobran correctamente la cuota 

Efectivamente, si te retrasas en el pago de tus cuotas podrían caerte recargos y multas. Las sanciones se hacen efectivas a partir del segundo mes de impago. Estas multas pueden suponer un fuerte revés para tu negocio. Especialmente si hace poco que has comenzado tu actividad profesional.  

Y es que una de las sanciones consiste en quitarte las bonificaciones en tus cuotas de la Seguridad Social. Por eso, si tuvieras derecho a este descuento, se te eliminaría y pasarías a pagar la cuota íntegra. 

Además, se te aplicarán recargas del 10% de la deuda cuando abones las cantidades en el mes siguiente al vencimiento del plazo. Porcentaje que ascenderá al 20% cuando se efectúe el importe en el segundo mes. 

A todo ello claro, habrá que sumar los intereses que se vayan generando por cada día de demora a partir del día siguiente al impago. Los intereses así creados se podrán exigir a partir de los quince días del vencimiento del plazo. Para calcular la tasa de interés se tendrá como referencia la cifra calculada en los presupuestos generales del estado (un 4,06% este año). 

Por otro lado, a partir de la segunda cuota sin pagar, la administración podrá proceder al embargo de tus cuentas. Así que te conviene estar siempre al día con la Seguridad Social, de otro modo, tus balances se resentirán gravemente. 

En conclusión

Si no te llegan los cobros de la Seguridad Social, lo más recomendable es que pongas una reclamación en la Tesorería General de la Seguridad Social. Además, también es aconsejable que llames a tu banco para asegurarte de que todo está bien y no se debe a un error. 

También has de saber que en tu primer mes como autónomo es muy normal que no te cobren la cuota. Especialmente si te has dado de alta en RETA después del día 10. En este caso, lo más seguro es que en el mes siguiente te cobren dos cuotas seguidas. Así que asegúrate de tener dinero suficiente en el banco para entonces.  

Ten en cuenta que el no estar al día en el pago de las cuotas implica fuertes sanciones. Entre ellas: 

  • Pérdida de bonificaciones 
  • Recargo de un 10% si la deuda se abona dentro el primer siguiente al vencimiento del plazo 
  • Recargo de un 20% si la deuda se abona en el segundo mes siguiente al vencimiento del plazo 
  • En caso de levantamiento de acta de liquidación, los recargos subirán al 20% si se ingresa el dinero en el plazo indicado y al 35% si se hace una vez vencido el plazo indicado. 
  • Además, la deuda generada acumulará intereses. Y ante la reiteración del impago, la Seguridad Social procederá al embargo de las cuentas 

Estar al día y en regla con la Seguridad Social es muy importante para tu estabilidad y la de tu negocio. Previsión Mallorquina vela para que tu actividad no se vea afectada ante cualquier imprevisto o accidente.